Preguntas más frecuentes en el nuevo escenario eléctrico:
- ¿Qué servicios ofrece ANALITZADORS?
- ¿Es verdad que ANALITZADORS me garantiza el ahorro por escrito?
- ¿Si tengo un suministro superior a 10 kW y me aplican la tarifa de último recurso (TUR) me van a aplicar un penalización mensual del 5%?
- ¿Este cambio supone algún coste para mí?
- ¿Quién puede aprovecharse de las ofertas de ANALITZADORS?
- ¿Existe una manera fácil de saber si usted puede liberalizarse o no?
- ¿Existe una manera fácil de saber si usted está liberalizado o no?
- ¿Es interesante esta oferta para comercios o Pymes?
- ¿Cómo es posible si no estoy liberalizado, que ANALITZADORS me dé un precio inferior?
- ¿Y si usted tiene varios locales (puntos de suministro)?
- ¿Cómo puede una compañía eléctrica suministrar fuera de su zona si no tiene tendido eléctrico?
- ¿Qué cambia respecto a la situación actual?
- ¿Cuándo entra en vigor?
- ¿Qué es el suministro de último recurso?
- ¿Qué son las tarifas de último recurso?
- ¿Qué diferencia hay entre tarifa regulada (TR) y tarifa de último recurso (TUR)?
- ¿Qué diferencia hay entre una empresa distribuidora, una comercializadora a mercado libre y una comercializadora de último recurso?
- ¿Qué ocurre si mi potencia contratada es superior a 10 kW?
- ¿Qué consumidores pueden acogerse a las tarifas de último recurso?
- La entrada del suministro de último recurso, ¿tiene algún coste adicional para mi?
- ¿Cambiarán en algo las características de mi contrato actual?
- ¿Puedo seguir con la tarifa regulada que tenía hasta ahora?
- ¿Qué ocurre si no hago nada?
- ¿Con qué empresas comercializadoras puedo contratar a precio libre?
- ¿Cómo puedo contactar con Analitzadors?
- Ofertas On-line gratuitas, esté el cliente liberalizado o no. Si no está liberalizado, le diremos cómo cambiar su contrato con la compañía actual.
- Venta de informes. Las ofertas del punto anterior explican cuánto se puede ahorrar. Para descubrir cómo ahorrar, usted debe solicitarnos y comprarnos un informe. Este servicio es válido para cualquiera, sea persona física o jurídica, sea pequeña, mediana o gran empresa sea un comercio o una industria, sea una empresa que puede liberalizarse o no. Este servicio es proporcionado por ANALITZADORS. Los precios resultantes se refieren a tarifas aprobadas por el Gobierno. Si su empresa puede acceder al mercado liberalizado gestionaremos su contratación.
- Gestión de la contratación del suministro. Este servicio está disponible únicamente a clientes liberalizados y exigimos que tengan cuenta en Bankinter.
Todos los ahorros son anuales y están garantizados por ANALITZADORS, de manera que si usted ahorra un euro menos de lo garantizado, le devolveremos el coste del informe siempre y cuando mantenga sus consumos y potencia demandada en un +/-5%.
Efectivamente, le van aplicar el 5% de recargo en su factura mensual hasta que no pase su contrato al mercado liberalizado.
Cualquier empresa y/o persona física cuyo gasto en electricidad sea superior a 1000 € al año. En principio cualquier suministro puede beneficiarse de nuestras ofertas.
- Si tiene una subestación eléctrica.
- Si tiene un enchufe con 1.000 V o más (los domicilios particulares suelen tener 220 V o 125 V).
- Si consume más de 1.000.000 k W (1 GW) al año.
A partir del 1 de enero de 2003 todos los consumidores son liberalizables. Si contesta afirmativamente a cualquiera de los tres puede liberalizarse o estar ya liberalizado.
Si el suministro de energía se produce en ALTA TENSIÓN (más de 1000 V), puede ser que usted haya negociado el precio directamente con cualquier compañía suministradora. En este caso usted está ya liberalizado.
Si el suministro se produce en BAJA o MEDIA TENSIÓN (menos de 1000 V), puede ser susceptible de liberalizarse. En cualquier caso debe ejecutar el simulador que le indicará si puede o no liberalizarse y qué debe hacer en cada caso.
Los comercios y las Pymes van a obtener ahorros anuales entre un 10% y un 20%, aunque no estén liberalizados. Es muy interesante porque la cantidad a pagar es pequeña comparada con el ahorro que se puede obtener.
Si no está liberalizado, le recomendaremos que cambie el contrato con su compañía actual y le indicaremos qué debe contratar. Como se ha dicho antes, las compañías deben POR LEY respetar precios, pero NO PUEDEN NEGARSE A CAMBIAR UN CONTRATO. El pagador es libre de contratar lo que quiera, sin que la compañía pueda obligar a éste a contratar lo que no desea.
Si no está liberalizado, el servicio termina con la venta del informe.
Muchas compañías ofrecen nuestros descuentos adicionales por grupo. Consúltenos vía central@analitzadors.com.
La red eléctrica principal (muy alta tensión) pertenece a Red Eléctrica Española (REE) y los últimos kilómetros suelen pertenecer a la compañía que antes tenía el monopolio local.
En este sentido, ocurre lo mismo que con cualquier compañía telefónica que no dispone de tendido propio y ha de pagar unos peajes a Telefónica.
A partir del 1 de julio de 2009, desaparecen las tarifas integrales y se crea la tarifa de último recurso.
Los consumidores deberán acogerse a la tarifa de último recurso, o bien negociar un precio en el mercado libre.
A partir del 1 de julio los consumidores podrán contactar con la distribuidora de su zona para realizar aquellas gestiones sobre averías, incidencias o cuestiones relacionadas con las redes de distribución.
A partir del 1 de julio de 2009.
Es un nuevo modelo de gestión de los contratos eléctricos, en el que la actividad de suministro a tarifa, deja de formar parte de la actividad de distribución, y el suministro pasa a ser ejercido en su totalidad por las empresas comercializadoras en libre competencia, siendo los consumidores de electricidad qlos que eligen libremente a su empresa comercializadora.
Son los precios establecidos por la Administración que las empresas comercializadoras de último recurso podrán cobrar a los consumidores que se acojan a dichas tarifas.
Las tarifas de último recurso serán establecidas por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.
Sólo cambia la denominación. La Tarifa Regulada tiene ese nombre porque estaba asociada a la distribuidora, que ejerce una actividad regulada por el Gobierno. La Tarifa de último recurso está asociada a la comercializadora de último recurso que suministrará a la TUR fijada por el Gobierno.
- Distribuidora: Su función es gestionar las redes de su zona de actuación para la distribución de energía eléctrica desde las centrales de generación y las redes de transporte hasta los puntos de consumo donde están los clientes. Hasta la fecha ha sido la encargada de gestionar los contratos de los clientes a tarifa integral. A partir del 1 de julio de 2009, seguirá siendo responsable de la gestión de la red de distribución eléctrica de su zona de actuación, de la calidad de suministro, los equipos de medida, la lectura de contadores y de gestionar las solicitudes de nuevos suministros.
- Comercializadora a mercado libre: Su función es suministrar energía eléctrica a los consumidores que estén en el mercado libre, es decir, a aquellos que han elegido libremente su comercializadora y pactado unas condiciones de contrato. La factura que el cliente paga a su empresa comercializadora incluye la tarifa de acceso por usar las redes eléctricas de la empresa distribuidora y el precio por la energía consumida según el contrato firmado con ella.
- Comercializadora de último recurso: Su función es suministrar energía eléctrica a los consumidores que estén acogidos a la tarifa de último recurso. La factura que el cliente paga a su empresa comercializadora de último recurso incluirá la tarifa de acceso por usar las redes eléctricas de la empresa distribuidora y el precio por la energía consumida según la tarifa de último recurso establecida por la Administración.
Será necesario contratar una empresa comercializadora a mercado libre antes del 1 de julio de 2009. En caso contrario, el contrato será asumido por la empresa comercializadora de último recurso del grupo empresarial propietario de la red de distribución de la zona, a un precio superior, que determinará el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.
Se podrán acoger a las tarifas de último recurso los consumidores de energía eléctrica conectados en baja tensión cuya potencia contratada sea inferior o igual a 10 kW. La potencia contratada, se puede consultar en cualquiera de las últimas facturas. La mayoría de los consumidores domésticos y algunas pequeñas empresas podrán acogerse a la tarifa de último recurso.
No, la desaparición de la tarifa integral y el traspaso de los clientes a la tarifa de último recurso, no tendrá un coste adicional para el cliente.
Las características del contrato (potencia contratada, periodicidad de la lectura, discriminación horaria, etc.) no cambiarán con el paso a las tarifas de último recurso. Usted siempre puede solicitar los cambios que considere necesarios.
No, la tarifa integral desaparece y a partir del 1 de julio sólo se podrá contratar la tarifa de último recurso con un comercializador de último recurso o negociar un precio de mercado libre con una empresa comercializadora.
Si no hace nada y tiene 10 kW o menos de potencia contratada, el contrato será automáticamente trasferido a la comercializadora de último recurso que le corresponda.
Con cualquiera de las empresas comercializadoras de último recurso incluidas en el listado de la página Web de la Comisión Nacional de Energía:
http://www.cne.es/cne/doc/publicaciones/LComer_Elec_14052009.pdf
Puede contactar con nosotros a través de correo electrónico a central@analitzadors.com o a través del teléfono 902.898.902.


